autor: francisco vacas
terminamos la semana con una sentencía histórica de la Corte de Justicia Europea (ECJ) de Luxemburgo sobre la imposibilidad de que un proveedor de Internet (ISP) bloquee penalice o impida bajar ficheros de cualquier tipo a un usuario de su red.
la contundente afirmación de la ECJ se produjo ayer en el caso que enfrentaba a la SABAM (una SGAE belga) con Scarlett un ISP del mercado belga. El caso es que un tribunal belga había fallado previamente a favor de la sociedad de gestión de derechos (SABAM) obligando a Scarlet a instalar un filtro que impidiera a sus subscriptores bajarse canciones con copyright de la red, a lo que esta última se negó llevando el caso a la justicia europea (una especie de tribunal Supremo a la americana)
Y finalmente el tribual europeo de justicia declaro algo que tiene mucho sentido común: (traducción literal)
"que este sistema de filtraje podría infringir el derecho fundamental de los clientes (en este caso de Scarlet), o lo que es lo mismo el derecho a proteger sus datos personales y su derecho a recibir o enviar información"
No cabe duda que la sentencia fija una jurisprudencia en toda Europa, que va a frenar tarde o temprano las demandas de las sociedad de derechos de autor frente a las operadoras de acceso a la red (ISP)
12 años después de Napster (desconocido incluso ya por los más jóvenes) las sociedades de derechos se siguen empeñando en llevarse por delante derechos básicos del ciudadano, simplemente para defender unos derechos sobre contenidos que no pueden serlo en su integridad en una red donde la copia y el intercambio son hábitos normales (culturales) y no delictivos
No estoy en contra del copyright simplemente facts are facts y es mejor abandonar una política y un marco legal de protección de una industria del siglo xx que ya no puede mantener su modelo de negocio en el mercado de la red
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